El MAPA abre consulta pública para reforzar la trazabilidad en la norma de calidad del aceite de oliva

Fuente: Oleo
Aunque la norma de 2021 ya imponía la obligación de acompañar los envíos con boletín de análisis o documento equivalente, la modificación introduce dos elementos adicionales:La obligación de incorporar dicho boletín al sistema informatizado en el momento de la notificación.La posibilidad de que las autoridades competentes valoren, en su análisis de riesgos, los casos en que no se aporte el boletín oficial sino un documento asimilado. Además, el sistema informatizado generará automáticamente el documento de acompañamiento en los transportes a granel, reforzando la coherencia y trazabilidad documental.Marco jurídico y procedimiento europeoEl proyecto ha sido sometido al procedimiento previsto en la Directiva (UE) 2015/1535, relativa al intercambio de información en materia de reglamentaciones técnicas, así como a lo dispuesto en el Real Decreto 1337/1999.Asimismo, se ajusta a los principios de buena regulación recogidos en la Ley 39/2015, en términos de necesidad, proporcionalidad, eficiencia, transparencia y seguridad jurídica.La base competencial se fundamenta en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española y en la Ley 28/2015, que habilita al Gobierno para aprobar normas de calidad alimentaria.Impacto sectorialEspaña mantiene su posición como primer productor y exportador mundial de aceite de oliva, en un contexto de creciente demanda internacional y elevada competencia.