Fecha de publicación:
14/09/2016
Fuente: Fepex
14 Septiembre 2016El Abogado General del Tribunal de Justicia ha concluido que ni el Acuerdo de Asociación UE-Marruecos ni el Acuerdo UE-Marruecos sobre la liberalización del comercio de productos agrícolas y de pesca son aplicables en el Sahara Occidental y, por tanto, debe anularse la sentencia del Tribunal del 10 de diciembre pasado que estimó que estos acuerdos se aplicaban a dicho territorio, según el comunicado de prensa emitido, ayer, por el Tribunal de Justicia de la UE.