Resolución de 9 de julio de 2024, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se modifica la de 27 de septiembre de 2022, por la que se establecen los criterios técnicos para la consideración de operador pertinente y los medios electrónicos para el cumplimiento de la obligación de comunicación de existencias de cereales, semillas oleaginosas y arroz establecida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/791 de la Comisión, de 19 de mayo de 2022, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1185, y en la disposición adicional tercera del Real Decreto 861/2018, de 13 de julio, por el que se establece la normativa básica en materia de declaraciones obligatorias de los sectores del aceite de oliva y las aceitunas de mesa y por el que se modifica el Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

Fecha de publicación: 13/07/2024
Fuente: Boe Legislación Alimentación
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación - Publicado el 13/07/2024 - Referencia: BOE-A-2024-14377