El Gobierno obliga a las energéticas a hacer la trimestral con los impuestos eléctricos

Fecha de publicación: 20/12/2024
Fuente: El Periódico de la Energía
Lugar: Política energética
El Gobierno ha dado a conocer una nueva normativa que introduce cambios significativos en la gestión y control de los impuestos eléctricos, afectando tanto al Impuesto Especial sobre la Electricidad como al Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica.
Según detalla Hacienda en el documento disponible en el Boletín Oficial del Estado (BOE), estos ajustes buscan mejorar el control tributario, especialmente en un contexto de cambios impulsados por las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania.
Así, a partir del 1 de enero de 2025, las energéticas deberán presentar las declaraciones del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica de manera trimestral, sustituyendo la periodicidad anual vigente hasta ahora. Según el Ministerio de Hacienda, esta medida responde a la necesidad de agilizar la toma de decisiones, incluyendo la posibilidad de suspender el impuesto en un trimestre determinado sin generar complejidades administrativas.
Nuevos modelos
El nuevo modelo de autoliquidación, Modelo 591, requerirá que las empresas desglosen la información por trimestres. Esto incluye datos sobre consumos de electricidad en unidades de generación, como centrales de ciclo combinado, centrales hidráulicas o aerogeneradores, entre muchos otros.
Hacienda asegura que este cambio tiene como objetivo garantizar un "adecuado control del impuesto" y se enmarca en los principios de eficiencia, proporcionalidad y seguridad jurídica. La normativa toma en consideración las circunstancias excepcionales que afectaron al sector, como la suspensión temporal del impuesto durante la crisis derivada de la guerra de Ucrania (entre el tercer trimestre de 2021 y el cuarto trimestre de 2023).
Relacionado:Las eléctricas creen que el impuesto debe ser coyuntural para no penalizar su competitividadAdicionalmente, se introducen modificaciones en el Modelo 560, referente al Impuesto Especial sobre la Electricidad. Este incorpora nuevas exenciones para usos específicos, como el suministro a fuerzas armadas de otros Estados miembros de la UE en operaciones de defensa conjunta.
Entre las novedades, se establece que las empresas deberán presentar las autoliquidaciones del Modelo 560 dentro de los primeros 20 días naturales del trimestre siguiente. Para el Modelo 591, además del desglose por trimestres, se detallarán datos específicos sobre los destinatarios y consumos.
Recaudación
El Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica representa una importante fuente de ingresos para el Estado, con una recaudación cercana a los 1.500 millones de euros anuales. Pese a las críticas por parte de ciertos sectores, el Gobierno ha reiterado que no planea eliminar este impuesto, considerado "esencial" para la sostenibilidad financiera.
En este contexto, el PP y Junts han firmado un pacto con el objetivo de eliminar esta carga fiscal, propuesta que ha generado debate debido a su impacto sobre el sector energético y los usuarios.
Relacionado:El PP se une a Junts, PNV y ERC para suspender el impuesto a la producción eléctrica y reducir la factura de la luzEl impuesto de generación eléctrica, que se ha recuperado este 2024, había recaudado hasta octubre 407 millones de euros, según el informe de la Agencia Tributaria. El Gobierno lo había recuperado después de dos años suprimido por la crisis energética, de modo que en el 2023 y 2022 apenas había reportado ingresos para las arcas públicas. En los años previos, es decir, 2021 y 2020, había generado una recaudación de aproximadamente 1.400 millones en cada ejercicio.
El impuesto directo sobre la producción de energía eléctrica, tanto renovable como no renovable, es un gravamen establecido por la ley del sector eléctrico que actualmente se sitúa en un 7% sobre la producción medida en "barras de central". Este impuesto afecta a todas las personas involucradas en el proceso de generación y consumo de electricidad, es decir, tanto a empresas como a consumidores, tal como se estipula en el artículo 35 de la ley General Tributaria. Aunque el pago del impuesto recae sobre las empresas generadoras, su coste se traslada al consumidor final a través de la factura eléctrica, ya sea mensual o de cualquier otra periodicidad.