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El Magrama aprueba mediante una autorización excepcional la comercialización de dos insecticidas para el tratamiento de semillas



El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha aprobado mediante una autorización excepcional la comercialización de dos insecticidas para tratamiento de semillas: tiacloprid -un neonicotinoide- y teflutrin -un piretroide-, en respuesta a una petición cursada por la Asociación Nacional de Obtentores Vegetales (Anove) y la Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores (Asaja), entre otras organizaciones.

Desde el sector apícola de COAG se ha exigido al Magrama la retirada inmediata de esta autorización y que no siga utilizando esta vía para permitir la comercialización y utilización de otros insecticidas similares "sin que existan garantías de que no tendrán efectos nocivos sobre las abejas", apuntan.

El tiacloprid, en concreto, es una sustacia activa perteneciente a la misma familia que los tres insecticidas (el imidacloprid, la clotianidina y el tiametoxam) que serán prohibidos temporalmente para determinados usos en la UE a partir del próximo 1 de diciembre por sus posibles efectos nocivos sobre la salud de las abejas melíferas.

En este sentido, desde Coag han querido recordar que el propio Ministerio votó a favor de la suspensión del uso de estos tres insecticidas en el Comité de Apelación celebrado el pasado mes de abril en Bruselas, en el que la Comisión Europea presentó su propuesta de suspensión temporal basándose en unos informes de riesgo elaborados por la Autoridad Europea para la Seguridad Alimentaria (EFSA).

Sin embargo, con respecto a las declaraciones de Coag, la asociación española de fabricantes de fitosanitarios, Aepla, ha destacado que "cuando el Ministerio recurre al procedimiento de autorización excepcional de productos fitosanitarios, lo hace porque se da una especial situación de amenaza de un cultivo o cultivos ante alguna plaga o enfermedad, sin que los agricultores cuenten con herramienta alguna que les permita protegerlos y garantizar la salubridad y calidad necesarias para que puedan ser consumidos por los ciudadanos. Esta situación, no significa en ningún modo, que se obvien las exigentes condiciones establecidas por la normativa española y comunitaria en materia de autorización de estos productos, la excepcionalidad no exime de la seguridad y garantía exigidas a los mismos".

En relación al teflutrin, desde Syngenta, explican que la comercialización de productos formulados con esta sustancia activa está autorizada en España desde hace más de veinte años, si bien como gránulos para su aplicación en el suelo y en diferentes cultivos como la remolacha, el girasol y el maíz.

Ahora lo que se autoriza es precisamente un uso excepcional para el tratamiento de la semilla previo a la siembra. Asimismo, la multinacional también ha apuntado que a diferencia de los neonicotinoides esta sustancia activa no tiene efecto sistémico sobre la planta por lo que a su jucio "no es una tecnología comparable" con la que ha suscitado la polémica en torno a los posibles efectos nocivos para las abejas melíferas.

Por su parte Anove ha defendido la solicitud de autorización de estos productos alegando que "como sector obtentor de semillas lo que tratamos es de ofrecer al agricultor la mejor tecnología (tanto con la mejora vegetal como con el tratamiento de semillas) para que él saque el mayor beneficio posible utilizándolo con las condiciones agroclimáticas adecuadas y bajo unas buenas prácticas agrícolas. Sin productos para tratar la semilla nos encontramos ante un panorama en donde el agricultor es el mayor perjudicado porque su producción podría verse reducida".

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