Pulso a los dos años efectivos del Reglamento de Servicios Digitales de la UE

Fuente: Asociación Empresas Consultoría
Lugar: Transformación Digital
La Digital Services Act (DSA), el reglamento impulsado por la Comisión Europea hacer más «seguro, predecible y fiable» el entorno digital y garantizar que éste respete los derechos de los ciudadanos en la región, cumple dos años desde su entrada en vigor generalizada. Analizamos sus primeros logros y multas, pero también los retos a superar, como que en España aún no se hayan establecido formalmente los mecanismos que aseguren su cumplimiento.



El pasado 17 de febrero se cumplían dos años de la aplicación plena —exceptuando a las pequeñas empresas y a las microempresas, a las que impacta de forma más leve— en el marco de la UE del Reglamento de Servicios Digitales o Digital Services Act (DSA), impulsado para “crear un entorno digital más seguro y transparente, obligando a plataformas, redes sociales y marketplaces a combatir contenidos ilícitos, proteger derechos de los usuarios y gestionar riesgos sistémicos”, según explican desde la propia Comisión Europea. Un objetivo ambicioso y complejo, teniendo en cuenta que las plataformas y grandes buscadores de internet a los que regula cuentan en la región con 45 millones de usuarios al mes, es decir, más del 10% de toda la población de la UE.



En estos primeros dos años en los que el reglamento lleva activo, informan desde la Comisión con motivo de este segundo aniversario, las plataformas online han revocado casi 50 millones de decisiones que afectaban al contenido o a las cuentas de los usuarios; en concreto, se ha anulado el 30% de los 165 millones de decisiones de moderación de contenidos que los usuarios han recurrido a través de los mecanismos internos de las plataformas. Solo en el primer semestre de 2025, añaden desde la institución, los organismos de resolución extrajudicial de litigios revisaron más de 1.800 disputas relacionadas con contenidos en Facebook, Instagram y TikTok en la UE, revocando las decisiones de las plataformas en el 52% de los casos cerrados.



La Comisión resalta otros hitos destacables de la norma, como la prohibición de anuncios dirigidos a menores en las plataformas digitales y la obligación a las plataformas de venta online de combatir la difusión de productos ilegales, mejorar la trazabilidad de los comerciantes e informar rápidamente a los clientes que hayan comprado cualquier producto ilegal en su mercado, ofreciéndoles opciones de reparación.



Aplicación real



Hay que recordar, no obstante, que la aplicación de la DSA, cuyo incumplimiento puede acarrear a las empresas multas de hasta el 6% de su volumen de facturación anual global u otras medidas correctivas, se tiene que hacer de forma compartida entre las autoridades de los Estados miembros de la UE —que designan, para ello, qué organismos son los llamados ‘coordinadores de los servicios digitales’, que en el caso de España es la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)— y la Comisión Europea.



La propia Comisión, no obstante, es quien supervisa directamente que las grandes plataformas digitales cumplan con la DSA; de hecho, el pasado mes de diciembre impuso una cuantiosa multa —de 120 millones de euros— a la red social X por no hacerlo. Como argumentó entonces la institución europea, la compañía ahora de Elon Musk tiene un diseño engañoso —su famosa marca de verificación azul—, falta de transparencia en su repositorio publicitario y de acceso a los datos públicos para los investigadores.



Belén Arribas Sánchez, abogada y presidenta de la Asociación de Expertos Nacionales en Abogacía de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (ENATIC), subraya a COMPUTERWORLD el carácter “histórico” de esta sanción. “Hay que poner en valor que a nivel de la Comisión Europea y comunitario ya haya habido multas importantísimas respecto al incumplimiento de la DSA; de hecho, hay otros expedientes en marcha en estos momentos”.



En concreto, el organismo está investigando a X por la implementación de Grok, el asistente de inteligencia artificial conversacional desarrollado por xAI, también una empresa de Musk, en la red social, además de a otras empresas como la plataforma china de comercio electrónico Shein, en este caso por tener un diseño adictivo, además de falta de transparencia y de comercializar productos ilegales, y la red social también china TikTok que, según ha establecido recientemente de forma preliminar la Comisión, también incorpora un diseño “adictivo” que incumple el Reglamento.




Aunque la DSA es un reglamento y, como tal, es de obligado cumplimiento para los 27 Estados miembros desde el 17 de febrero de 2024, no todos los países de la UE han implementado del todo los mecanismos necesarios para su aplicación. Uno es España




Aunque la DSA es un reglamento y, como tal, es de obligado cumplimiento para los 27 Estados miembros desde el 17 de febrero de 2024, lo cierto es que no todos los países de la UE han implementado aún del todo los mecanismos necesarios para su aplicación. Este es el caso España, país al que, junto a República Checa, Chipre, Polonia y Portugal, denunció la propia Comisión ante el Tribunal de Justicia de la UE en mayo del pasado año por no haber designado entonces de forma oficial qué autoridades supervisoras iban a controlar la aplicación de la DSA. El Ejecutivo español lo hizo poco después, en julio de 2025, cuando designó a tal efecto a la CNMC en su Proyecto de Ley de Servicios Digitales y de los Medios de Comunicación, que en la actualidad sigue en la fase de enmiendas en el Congreso de los Diputados. La futura ley persigue, precisamente, la integración definitiva de la DSA en el ordenamiento jurídico nacional, aunque el texto también recoge los requisitos para articular la implementación efectiva de otro reglamento de la UE, el de Libertad de Medios de Comunicación (EMFA).



Como explica Belén Arribas, “en realidad la aprobación del proyecto de ley español no debería cambiar en nada el contenido del reglamento europeo, que ya es de obligado cumplimiento, pero sí es necesario para regular el organismo designado como supervisor, que es el que debe establecer, además, las sanciones. Hasta que el proyecto de ley no se apruebe, no puede haber sanciones en España por incumplimiento de la DSA”.



La abogada recuerda que, además de la posibilidad de imponer sanciones de hasta el 6% de la facturación anual global, el Reglamento integra una novedad: “Imponer sanciones periódicas de hasta 5% del volumen de negocio medio diario mundial por cada día retraso en su respuesta a las solicitudes de la Comisión. Estas multas periódicas son una novedad en la legislación comunitaria y ayudarán a presionar más a las plataformas digitales que no cumplan con la regulación”.




Como recuerda la abogada Belén Arribas, hasta que el Proyecto de Ley de Servicios Digitales y de los Medios de Comunicación no se apruebe en España, no puede haber sanciones en el país por incumplimiento de la DSA




La abogada lamenta que en España aún haya varios proyectos de ley pendientes de aprobación que son “muy importantes para el ámbito tecnológico”, como el Anteproyecto de Ley para el Buen Uso y la Gobernanza de la Inteligencia Artificial, la Ley de Protección de Menores en Entornos Digitales o la transposición de la Directiva NIS2, pero que “están bloqueados por no haber mayorías parlamentarias que permitan sacarlas adelante; de hecho, veremos a ver si salen”.



Desde la industria tecnológica española, la asociación Adigital, que integra a más de 500 compañías, desde grandes empresas tecnológicas a unicornios, pasando por scaleups y pymes, aseguran estar “siguiendo de cerca” esta adaptación de la DSA en España. En un encuentro realizado recientemente con la prensa de César Tello, director general de la asociación, y parte de su equipo, estos recordaron que, aunque el proyecto de ley del Gobierno ya designa a la CNMC como la figura de coordinador de servicios digitales en España, éste aún no está aprobado en el Parlamento. Desde la asociación exigen que la aplicación de la DSA en España esté “alineada con la norma europea” y que “no se incluyan requisitos adicionales” para evitar “fragmentaciones del mercado único y garantizar seguridad jurídica a las empresas y a la ciudadanía”.  



En todo caso, el Gobierno español está anunciando medidas para frenar los potenciales abusos por parte de las compañías que están detrás de las plataformas digitales. Recientemente ordenaba a la Fiscalía que investigara a X, Meta y TikTok por difundir presuntamente material de abuso sexual infantil generado por IA; y unos días antes, en una cumbre en Dubái, el presidente Pedro Sánchez anunciaba que el Ejecutivo prohibirá el acceso a las redes sociales a los menores de 16 años, por las consecuencias que su uso tiene para su salud, una medida que también deberá contar con la luz verde del Congreso.



Aunque desde Bruselas se ha aplaudido una medida en sintonía con otros países de la Unión como Francia, Dinamarca, Grecia o Austria, el portavoz de la Comisión Thomas Reigner recordó al Ejecutivo español que cualquier ley que se apruebe a nivel nacional para excluir potencialmente a los menores del acceso a las redes sociales “no debe imponer obligaciones adicionales a las grandes plataformas” y que la medida anunciada por España en realidad ya está imbuida en la propia DSA que España debe aún acabar de implementar de forma efectiva.



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