Fecha de publicación:
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Fuente:
Extremadura Empresarial
Lugar:
Sin categoría
La Junta de Extremadura ha publicado la convocatoria de 2026 de las ayudas destinadas a fomentar la creación y estabilidad del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo, con una dotación total de 18 millones de euros.
Podrán beneficiarse de estas ayudas los Centros Especiales de Empleo calificados e inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Extremadura, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
TRES PROGRAMAS DE AYUDA
La convocatoria se articula a través de tres líneas:
Programa I. Proyectos generadores de empleo: dirigido a apoyar contrataciones indefinidas iniciales o transformaciones de contratos temporales en indefinidos de personas con discapacidad. Serán subvencionables las contrataciones o transformaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026.
Programa II. Mantenimiento de puestos de trabajo: financia costes salariales y de Seguridad Social de las personas trabajadoras con discapacidad de los Centros Especiales de Empleo. Serán subvencionables los costes generados hasta diciembre de 2026, incluida la paga extraordinaria correspondiente a ese mes.
Programa III. Unidades de Apoyo: destinado a sufragar costes salariales y de Seguridad Social del personal con contrato indefinido que integra las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional de los Centros Especiales de Empleo.
Estas ayudas buscan contribuir tanto a la creación de nuevas oportunidades laborales como al mantenimiento del empleo de las personas con discapacidad, además de reforzar los servicios de acompañamiento y apoyo que facilitan su integración social y profesional.
PLAZOS DE SOLICITUD
La convocatoria permanecerá vigente hasta el 28 de febrero de 2027, aunque cada programa establece sus propios plazos de presentación.
En el caso del Programa I, las solicitudes deberán presentarse, con carácter general, en el plazo de un mes desde el inicio de la contratación indefinida o desde la transformación del contrato en indefinido. Para el Programa II, el plazo máximo será de dos meses desde la finalización de cada mes natural para el que se solicite la subvención.
Las ayudas se concederán mediante concesión directa y convocatoria abierta, de acuerdo con los requisitos y disponibilidad presupuestaria establecidos.
PUBLICACIÓN DEL DOE